El mantenimiento
de un determinado nivel económico en la
vida familiar, la cancelación de préstamos
hipotecarios o la liquidación del Impuesto
de Sucesiones son algunos de los casos en que
los beneficiarios designados por el tomador de
un seguro de vida pueden ser indemnizados.
Un Seguro de Vida
cubre las principales incidencias que le puedan
suceder al tomador del seguro: invalidez, incapacidad
profesional, hospitalización, fallecimiento
y garantiza la estabilidad económica de
los familiares ante cualquier imprevisto.
Contratando su Seguro de Vida
le garantizamos el anticipo del Capital Asegurado
en los casos de:
· Incapacidad
Profesional Permanente
Le garantiza el pago anticipado de un porcentaje
del capital en caso de que el asegurado no pueda
ejercer su profesión habitual.
· Invalidez Absoluta
y Permanente
Le garantiza el pago anticipado de un porcentaje
del capital en caso de que el asegurado no pueda
ejercer ninguna profesión remunerada.
· Pérdida
de Autonomía
Le garantiza el pago de un porcentaje del capital
en caso de que el asegurado necesite los servicios
de otra persona para realizar las actividades
más básicas de la vida cotidiana.
· Muerte o invalidez
por accidente
Le garantiza el pago de un capital adicional en
caso de fallecimiento por accidente del asegurado.
· Fallecimiento
en accidente de circulación
Le garantiza el pago de un capital adicional en
caso de fallecimiento por accidente de circulación
del asegurado.
· Segunda Opinión
Médica
En caso de diagnóstico de enfermedad grave
le garantizamos el acceso a la opinión
médica de expertos de prestigio.
· Pago de capital por el diagnóstico
de enfermedad grave
· Incapacidad Temporal
Total
Recibirá una indemnización diaria
por incapacidad permanente total.
· Indemnización diaria por
Hospitalización
· Anticipo para gastos
y servicios de sepelio
· Asistencia familiar,
que incluye entre otros servicios, la tramitación
de la documentación necesaria en caso de
fallecimiento del asegurado.
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